Si la compañía va a extender su duración más allá de lo previsto en los estatutos, el acta que lo aprueba debe inscribirse y publicarse.
¿Cuándo se publica?
- Prórroga antes del vencimiento del plazo de duración.
Qué necesita
- Copia del documento inscrito en el Registro Mercantil, en PDF o en fotos legibles de cada página.
- Datos de inscripción: registro, número, tomo y año.
- RIF o cédula de quien solicita la publicación.